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parque natural de Candelario

A FAVOR DEL PARQUE

Por Qué un Parque Natural en Candelario ?

Por Qué un Parque Natural en Candelario ?

"SOLO SE CONSERVA LO QUE SE VALORA"

"SOLO SE VALORA LO QUE SE CONOCE"

 

SITUACIÓN ACTUAL
      El municipio de Candelario posee una enorme riqueza de valores naturales. El paisaje, las formaciones geológicas, la vegetación, los suelos… han sido elementos fundamentales para considerar a nuestro municipio dentro de la  RED NATURA 2.000 promovida por la Unión Europea.

 

 Esta Red tiene por objetivo : proteger espacios naturales. Para ello selecciona zonas con interés especial, bien por el valor de la vegetación y por el peligro de desaparición (LIC: Lugares de Interés Comunitario), bien por el valor de la fauna (ZEPAS: Zonas Especiales de Protección para las Aves). En Candelario se consideran unas 8.000 Has. como LIC y unas 7.000 Has. como ZEPAS.   El hecho de pertenecer a la RED NATURA 2.000 implica ya unas obligaciones de protección y conservación de nuestro espacio natural; esto conlleva el cumplimiento de unas normas sobre el uso del suelo. 

    Por otro lado, la Junta de Castilla y León está elaborando el  Plan de Ordenación de los Recursos Naturales  de Candelario (PORN) , en el que se recogen las medidas necesarias para proteger, conservar, mejorar y utilizar de forma racional los recursos naturales de nuestro entorno. Este Plan se presentará a los municipios para que contesten con sus  alegaciones. Posteriormente la Junta lo aprobará por Decreto y se declarará el Parque Natural. Por tanto, se declare o no el Parque Natural, estamos sujetos a unas normas por el solo hecho de pertenecer a la RED NATURA 2.000. Estas normas impiden la instalación de complejos deportivos por encima de los 1.500 m. de altitud. 

 ¿POR QUÉ UN PARQUE NATURAL EN CANDELARIO? â 

Porque tenemos valores naturales que proteger:~      Paisaje panorámico de alta calidad.~      Circos y lagunas glaciares, neveros, morrenas…~      Turberas: zonas de especial importancia por la singularidad de su flora, su influencia en los sistemas hidrológicos y por  el interés para el estudio del clima y la vegetación del pasado.~      Vegetación: castaños, pinos, alisos, robles, enebros rastreros, abedules, serbales, acebos, piorno, pastizales… 

â  Porque permite un desarrollo de la zona basado en el aprovechamiento de los recursos naturales: madera, setas, cast añas, explotaciones agropecuarias, industrias agrarias, aprovechamientos turísticos (itinerarios botánicos y geológicos).

 â  Porque los beneficiarios serían todos los vecinos y no sólo unos pocos.  

â   Porque Candelario está sometido a unas normas similares a las de un Espacio Natural y, sin embargo, no se favorece de las ayudas correspondientes. 

 Sirva como ejemplo el Parque Regional de Gredos que ha recibido 40 millones de euros durante los años 2002, 2003, y 2004 

¿QUÉ BENEFICIOS NOS APORTA? 

Se establecerán ayudas técnicas, económicas y financieras para: 

â   Creación y mejoras de infraestructuras:·        Carreteras y caminos.·        Señalización.·        Abastecimiento  y depuración de aguas.·        Gestión de residuos sólidos.·        Mejora de comunicaciones y telecomunicaciones (ADSL).·        Mejora de centros de salud.·        Energías renovables, etc. 

â   Mejora de actividades tradicionales: La declaración de un espacio natural no implica restricciones en este tipo de actividades, por el contrario se adoptarán las medidas necesarias para favorecerlas.§         Agricultura: potenciación de la agricultura tradicional, rentabilidad de los recursos, ayudas de la Administración pública, desarrollo de agroindustrias y control de calidad, desarrollo de industrias de transformación de productos tradicionales del entorno.§         Ganadería: se apoyará la reforma y mejora de infraestructuras ganaderas (abrevaderos, apriscos…), mejora de pastizales, cría de razas de ganado autóctonas, programas de sanidad, selección y manejo con el fin de mejorar la producción de las explotaciones§         Apoyo a los productos de la zona: castañas, setas, moras, etc., potenciando la iniciativa privada por medio de creación de empleo para los sectores más desfavorecidos y autoempleo.§         Apoyo al sector artesanal y pequeñas industrias de transformación (creación  de marcas de calidad). 

â   Rehabilitación de viviendas rurales y conservación del patrimonio arquitectónico.

â   Fomento del empleo y atención a discapacitados y grupos especiales (desempleados de larga duración, mujeres, etc.)

â   Desarrollo de un turismo respetuoso con el medio durante todo el año y a través de actividades diversas (posadas, casas rurales, centros de turismo rural, guías turísticos medioambientales, etc). Se incluirá nuestra zona en las campañas de publicidad institucionales.

â   Estimulación de actividades culturales, formativas y recreativas.

 ¿QUÉ LIMITACIONES TIENE? 

Las propias del sentido común que actualmente rigen en cualquier municipio. No se anulan las actividades tradicionales, aunque sí hay limitaciones, prohibiendo o exigiendo autorización, para aquellas actividades que supongan un impacto. 

 Estará prohibido: â   Hacer fuego, salvo en los lugares y formas autorizadas.â   Acampada libre fuera de los lugares señalizados para tal efecto.â   Utilización de motos todoterreno, así como vehículos motorizados salvo en los lugares  destinados para ello.â   Destrucción, mutilación, corte, arranque o recolección de plantas protegidas. Esta limitación no afecta a actividades agrícolas o forestales.â   Vertidos líquidos o sólidos que puedan degradar o contaminar las aguas.â   Vertido o abandono de objetos o residuos fuera de los lugares autorizados, así como la quema de los mismos.â   Introducción en el medio natural de especies vegetales o animales que no sean propias de la zona.â   Colocación de carteles, placas o cualquier otra clase de publicidad comercial en suelo no urbanizable.â   Persecución, caza y captura de animales de especies no autorizadas, excepto para estudio científico; así como la comercialización.

 Se necesitará autorización para: â   Realización de determinadas pruebas deportivas: escalada, montañismo, ciclismo, bici de montaña, esquí, parapente…â   Rutas a caballo organizadas.â   Realización de actividades de investigación en el medio natural.â   Realización de actividades profesionales o comerciales de cine, TV, vídeo u otras similares en el medio natural. 

 ¿EN QUE ZONAS SE DIVIDE EL PARQUE NATURAL?

La Ley de Espacios Naturales de Castilla y León establece las siguientes zonas:  
  • ZONAS DE USO GENERAL: suelo urbano y urbanizable. Son áreas de menor calidad donde se situarán las diversas instalaciones y actividades que redunden en beneficio del desarrollo económico de toda la población.
  • ZONAS DE USO COMPATIBLE: terrenos con uso agrícola, prados, etc. Aquí se permite el desarrollo de servicios con finalidad de uso público o de mejora de la calidad de vida. En este espacio se compagina la conservación del medio con actividades educativas y recreativas.

ZONAS DE USO LIMITADO: por encima de los 1500m de altura. Permiten un moderado uso público que no exija instalaciones permanentes. También son zonas de aprovechamiento forestal y ganadero.

 ¿QUIÉN DIRIGE EL PARQUE?

La Consejería de Medio Ambiente nombrará un DIRECTOR CONSERVADOR que se encargará de la gestión. También se formará una JUNTA RECTORA que velará por el cumplimiento de las normas. Estará compuesta por representantes de:§         Junta de Castilla y León§         Ayuntamientos §         Diputación§         Universidad de Salamanca§         Asociaciones vecinales  

¿QUIÉN OCUPARÁ LOS PUESTOS DE TRABAJO?

El objetivo es que los puestos de trabajo recaigan sobre todo en los vecinos de los pueblos implicados. Para ello se promoverá la preparación  para el desarrollo de actividades ligadas al Parque (creación de Escuelas Taller, cursos de formación…), a la vez que se promueven otro tipo de actividades: turismo rural, artesanía local, valoración de los productos de la zona, etc. 

¿SUPONDRÁ UN RESURGIMIENTO DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA?

 La declaración atraerá a la zona un gran número de visitantes. En esta zona, con deterioro de la agricultura y de la ganadería así como de la industria, el turismo es un recurso potencial y real que hay que aprovechar

Este sector arrastra tras de sí un desarrollo económico importante: nuevas construcciones, consumo de productos de la zona, rehabilitación de viviendas, guías de rutas a caballo.

Sin embargo, este desarrollo del turismo no puede quedar sujeto a los deseos de unos pocos, sino que debe estar basado en unos principios que protejan el medio natural en que vivimos y además favorezca al mayor número posible de personas. 

  PREGUNTAS MÁS FRECUENTES 

â  ¿Podemos seguir cazando? , pero, al igual que ahora, estará  supeditada a la protección y conservación de la fauna silvestre y demás recursos naturales. Habrá que elaborar un Plan de Ordenación Cinegética. 

 â  ¿Favorecerá a los ganaderos? La ganadería podrá seguir accediendo libremente a los pastos con las mismas limitaciones que exige la ley para cualquier otro territorio.    No solo favorecerá, sino que se potenciará la reforma y mejora de infraestructuras ganaderas, la explotación de actividad ganadera tradicional, cría de ganado autóctono, planificación de los aprovechamientos ganaderos impulsando la mejora de los pastos, recuperación de zonas de pasto, y saneamiento de la cabaña ganadera.  
.

â ¿Cómo afecta a la construcción de viviendas?

 Al igual que ahora, se prohíbe la construcción de nuevos núcleos urbanos, poblados o urbanizaciones en el suelo clasificado como no urbanizable. No se permitirán construcciones o reformas que alteren el paisaje, las condiciones medioambientales o la arquitectura tradicional.Se apoyará la rehabilitación de edificios existentes como alternativa  a la nueva construcción. 

â ¿Se podrá realizar construcciones  relacionadas con la actividad agrícola, ganadera, forestal? En las Zonas de Uso Compatible, se  permitirán construcciones destinadas a explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales que guarden relación con la naturaleza y destino de la finca.En las Zonas de Uso Limitado se permiten construcciones ligadas a la gestión de los recursos forestal, ganadero y cinegético, siempre que guarden relación con la naturaleza y destino de la zona.

 â  ¿Y el aprovechamiento  del monte? Se ordenarán y favorecerán las actividades ligadas al monte con el fin de generar rentas complementarias en la economía local. 

¿QUÉ MUNICIPIOS QUEDARÍAN DENTRO DEL PARQUE NATURAL DE CANDELARIO?  

Aunque aún no están decididos los límites del Parque, formarán parte del éste, los siguientes municipios: CANDELARIO, LA HOYA, NAVACARROS, VALLEJERA, BÉJAR, CANTAGALLO Y PUERTO DE BÉJAR. Sin duda el que mayor superficie  ocupará  será el municipio de Candelario.  

        El objetivo de este folleto es explicar lo que supone la declaración de un Parque Natural en nuestra zona. Creemos que la mejor herramienta para tomar   decisiones es una buena información

Para más información la PLATAFORMA POR EL PARQUE NATURAL DE CANDELARIO tiene a vuestra disposición  los siguientes documentos:

  §         LEY DE ESPACIOS NATURALES DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Aprobada por las Cortes de Castilla y León el 30 de abril de 1991. §         ¿QUÉ ES UN ESPACIO NATURAL PROTEGIDO? Guía informativa. Editado por la Consejería de Medio Ambiente en el año 1996. §         RESUMEN DEL PROGRAMA PARQUES NATURALES DE CASTILLA Y LEÓN. §         PLAN DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL PARQUE REGIONAL DE LA SIERRA DE GREDOS. §         PLAN DE DESARROLLO SOSTENIBLE DEL PARQUE REGIONAL DE PICOS DE EUROPA. §         GUÍA DEL HABITANTE DE LA RESERVA NATURAL “RIBERAS DE CASTRONUÑO-VEGA DEL DUERO”.  
   
 

 

QUE ES UN ESPACIO NATURAL ?

QUE ES UN ESPACIO NATURAL ?

¿QUÉ ES UN ESPACIO NATURAL PROTEGIDO?

Se entiende por Espacio Natural aquellas zonas de nuestro medio rural que poseen una alta calidad paisajística y ambiental, a la par que ofrecen unos rasgos ecológicos y geomorfológicos singulares, no estando su infraestructura y configuración transformada por la mano de hombre o existiendo sobre ellos una actuación humana débil o poco significativa. Se trata de espacios naturales heredados y con gran diversidad, que mantiene su equilibrio inestable con su medio actual, siendo particularmente sensibles y frágiles a cualquier impacto o alteración externa.

Con el fin de garantizar su conservación y sus peculiares características, algunas de estas áreas son objeto de protección por parte de la Administración, convirtiéndose en Espacios Naturales Protegidos.

La Ley de Espacios Naturales de Castilla y León (Ley 8/91 de 10 de mayo) establece cuatro categorías de Espacios Naturales Protegidos:

  • Parques.

  • Reservas Naturales.

  • Monumentos Naturales.

  • Paisajes Protegidos.

  • Los Espacios Naturales

     

    Los Espacios Naturales

     

    Los Espacios Naturales

    Publicado en Valle Buenestado, B. -Coord.- (2000) Geografía y Espacios Protegidos, Edt. AGE y FENPA, Murcia, págs. 75 a 102  LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS EN CASTILLA Y LEÓN: UN PLAN AMBICIOSO ENTRE LA ESCASEZ DE MEDIOSY UN FUTURO INCIERTO  Cayetano CASCOS MARAÑAJuan Carlos GUERRA VELASCODepartamento de GeografíaUniversidad de Valladolid  

    INTRODUCCIÓN         

        Si bien el primer espacio natural protegido data de 1872 (Yellowstone, EEUU), la generalización de estas figuras de protección de la naturaleza no se produce hasta los años 60 del presente siglo. En España el proceso fue aún m<s tardío, ya que, tanto la superficie acogida a algún tipo de régimen protector, como el ndmero de espacios, no se incrementa de forma significativa hasta hace una década.            A lo largo de los 125 años, transcurridos desde la declaración de Yellowstone, los espacios naturales protegidos (en adelante ENP), han conocido un profundo cambio en su concepción y finalidad. La inicial idea de acotar un determinado territorio de la acción transformadora del hombre, ha sido sustituida por otra en la cual las modificaciones antrópicas no son valoradas negativamente, sino que pueden constituir un factor que añade una notable riqueza al paisaje : es la conservación activa.. Es m<s, los ENP se han convertido en un impulso para el desarrollo de las <reas en las que se encuentran y en unos excelentes bancos de prueba para una gestión del territorio donde la integración de las variables ambientales sea algo m<s que una simple declaración de intenciones.            Esos cambios de concepción se explican al considerar las condiciones de partida, tanto de los Estados Unidos como de Europa (ha sido en ésta donde los ENP han conocido una gran difusión reciente y donde han surgido algunas de las principales innovaciones). Los Estados Unidos experimentaron en el último tercio del siglo XIX una r<pida transformación y cambios a gran escala vinculados al desarrollo de la sociedad americana. El Parque de Yellowstone y otros posteriores surgen para preservar <reas naturales relativamente vírgenes de la transformación intensa por el hombre en la frontera del Oeste. En Europa los cambios han sido m<s graduales y han producido una total entreveración entre medio biológico y paisaje, como corresponde a un espacio de antigua civilización. Europa es la región de la Tierra donde menor ndmero de especies se ha extinguido y en algunos casos es la acción antrópica la que ayuda a explicar la génesis y la din<mica de espacios ecológicos altamente valorados y singulares. Es, por ejemplo, el caso de las Landas, en el SO francés, o el de Doñana, sometido antaño al uso periódico del fuego. Bajo estas premisas  se buscaron fórmulas de protección flexibles, intentando compatibilizar las prácticas tradicionales de gestión del territorio con la conservación.            La nueva percepción de los ENP surge en Francia en los años 60 con la creación de los parques regionales, pretendiendo integrar la conservación de los recursos naturales, la investigación científica y el disfrute público, con la exigencia de promover el desarrollo económico. Esta exigencia se ha trasladado al Tercer Mundo, donde es premisa de la garantía de supervivencia de los ENP. Bajo dicha reorientación se ha producido el aumento del ndmero y la superficie de los ENP, y en ella se han inspirado programas transnacionales, como el  Hombre y Biosfera (MAB) de la Unesco.(1)            A grandes rasgos, España ha tenido una evolución similar a la del resto del mundo; en una primera etapa, el  ndmero de espacios y la superficie protegida se incrementan lentamente, sobre todo a través de los parques nacionales, para alcanzar en la siguiente un aumento casi exponencial, apoyado en una variada panoplia de figuras, no tan rígidas como la de parque nacional y adaptadas a distintas realidades biológicas y geográficas. Entre 1918, fecha en que se crean los parques nacionales de Ordesa y Covadonga, y 1994, el ndmero de ENP pasa de 2 a 441 y la superficie nacional protegida se eleva desde el 0,064 % hasta algo m<s del 6%, aunque con grandes contrastes en su progresión temporal y en su distribución espacial.            La explosión del ndmero de espacios protegidos en España a partir de 1986 (49 en ese año y 170 en el siguiente) (Cuadro 1), se vincula a las transferencias a las Comunidades Autónomas de las competencias en materia de medio ambiente y a la intensa actividad legislativa autonómica para asumirlas. Tal incremento se polarizó en un grupo reducido de Comunidades, de modo que cuatro concentraban el 73,8 % de los ENP (Navarra, 14,5%, Andalucía, 17,8, Baleares, 18,4  y Canarias 23,1%) y un 68,43% de la superficie protegida. De ésta, la mitad (50,9%) correspondía a Andalucía, frente al 10,7% de Canarias, el 6,4% de Baleares y el 0,43% de Navarra.   CUADRO 1 .EVOLUCIÓN DEL NÚMERO DE ENP Y SU SUPERFICIE EN ESPAÑA (1914-1994)
    AñoNdmero de espacios naturales creados por añoNdmero total de espacios % Superficie protegida por año sobre superficie nacional % Incremento anual de la superficie protegida%Superficie total protegida sobre superficie nacional
    1918220,061000,064
    192013   
    192914   
    1930260,0011,920,065
    1933390,00010,170,065
    19542110,0335,460,1
    19551120,0216,570,12
    19611130,0021,860,12
    19691140,144,640,22
    19731150,0031,660,22
    19743180,014,490,23
    19771190,0519,930,29
    19784230,0719,040,36
    19792250,0410,380,41
    19801260,00080,20,41
    19811270,0071,870,42
    19825320,00612,820,48
    19833350,118,220,59
    19843380,118,060,72
    19855430,115,330,85
    19866490,537,561,36
    19871211700,530,061,95
    1988552250,213,22,24
    1989923172,855,795,08
    199083230,24,535,32
    19911024270,36,565,7
    1992114380,050,985,75
    199324400,081,475,84
    199414410,13,196,03
    Elaboración propia a partir de FERN;NDEZ SAYUDO, R (1995). Espacios Naturales Protegidos del Estado Español. Sección del estado Español de la Federación de Parques Naturales y Nacionales de Europa, Madrid, 273 p<gs.             El hecho de que la superficie de Andalucía, centuplique a la de Navarra, pese a la corta  diferencia en ndmero de espacios, deja entrever modelos muy distintos en las políticas, planes y redes de ENP. Unos se basan en la protección de grandes espacios, normalmente bajo la figura de Parque Natural, a fin de satisfacer a los sectores sociales m<s comprometidos con la conservación de la naturaleza; mientras que otros optan por una densa red de pequeños enclaves valiosos, con el inconveniente de su falta de entidad para imprimir una nítida dinámica de conservación de los recursos en amplias porciones territoriales y su inherente dificultad para incorporarlos al desarrollo rural, cuya escala b<sica es la comarcal.            Castilla y León, se incorporó al proceso en el umbral de los años 90, a partir de una conserjería del medio ambiente, una ley y un plan ambicioso, de 35 ENP y superficie total acorde con su extensin (equiparable a la de Andalucía), pero m<s diversificado en las figuras. Pasados seis años desde la fecha de la ley y el plan, las declaraciones se demoran y en 1997 sólo  afectan menos de 1/3 de los espacios previstos y de 1/4 de la superficie (cuadro y gráfico 2). Sin embargo, contemplaremos el plan en su totalidad, pues se va cumpliendo según lo previsto, los espacios declarados corresponden a la mayor categoría de protección y  casi todos los estudios previos se han realizado            El cauce general  para el desarrollo de la legislación y autonómica ha sido la Ley de Conservación de los Espacios Naturales y la Flora y Fauna Silvestres (4/1989). Las figuras de Parque Natural, Reserva Natural,  Monumento Natural y Paisaje Protegido de dicha Ley-marco, así como las de carácter m<s parcial o local, se asumen la Ley de Espacios Naturales de Castilla y León (1991) y la Red de Espacios Naturales (REN).            Las tareas de legislar y hacer operativa la Ley, mediante una red de espacios, era urgente. A la necesidad de incorporar las <reas ya protegidas y transferidas, se añadían graves deterioros por actividades recientes en espacios valiosos (incendios, minería, urbanización ilegal, turismo incontrolado) y demandas sociales de protección, encabezadas por los grupos ecologistas desde los medios urbanos. Asimismo, Castilla y León cuenta con gran variedad y singularidad en lo territorial, lo ecológico y lo socioeconómico.  1. LA EXTENSIÓN, LA DÉBIL OCUPACIÓN Y LA RIQUEZA DE MEDIOS COMO BASES DE UNA PROTECCIÓN LIMITADA POR LOS RECURSOS ECONÓMICOS             Las condiciones de la protección difieren sustancialmente entre comunidades extensas, poco pobladas e interiores, como Castilla y León (94.224 km2 y 27 hab/km2) y otras pequeñas, costeras, insulares o muy ocupadas. La extensin la mayoría de las comunidades oscila entre el 5% y el 12% de la de ésta y las densidades pueden ser 10-20 veces mayores, de modo que la superficie de la REN (11.222 km2) supera también a la de muchas entidades autónomas.(2) Si tamaño y la ocupación débil (nunca se alcanzaron 30 hab/km2) benefician el estado y la magnitud del capital ecológico, aquélla radica también en la variedad de los componentes del medio.             El relieve posee una dualidad nítida. Las llanuras extensas, diversas en roquedo y génesis (penillanuras, campiñas, p<ramos, terrazas), centrales y escalonadas entre 650 y 1200 m, contrastan con las montañas, que ocupan 35.000 km2 y se diversifican en energía y formas. Sierras modestas, destacando cientos de metros y con cimas por debajo de 1500 m, alternan con picos o crestas enérgicos, cuyos techos, con impronta glaciar y sobre el nivel del bosque, rebasan 2500 m (Picos de Europa, Gredos,..) entre desniveles bruscos de m<s de 2000. Los estilos varían desde moles de macizo, crestas afiladas y tajadas por gargantas, hasta  muelas y bóvedas en pliegues de cobertera. Las rocas, desde el Precámbrico hasta el Cuaternario, son diversas en naturaleza, abundando granitos, neises, pizarras, cuarcitas, calizas, conglomerados, areniscas, arcillas y margas, lo que enriquece las formas.            El clima est< marcado por la altitud y el aislamiento del relieve en los inviernos fríos y largos, mientras que la brevedad y la moderación térmica estivales no evitan la aridez. No faltan enclaves singulares, como el sector atlántico de la cordillera Cantábrica, o depresiones marginales hondas, abrigadas y c<lidas, como el Bierzo, los Arribes del Duero o el Tiétar. La precipitación anual varía entre m<s de 2000 mm, con m<ximo invernal y  nieve abundante en cimas de la cordillera Cantábrica, y 350 mm en las llanuras centrales. En consecuencia, los caudales relativos de los ríos oscilan desde mediocres hasta los m<s elevados de España.            La variedad de biotopos, la extensin y la débil ocupación repercuten en una vegetación, flora y fauna diversas y, a veces, escasas, únicas o en riesgo de extinción. Restan bosques caducifolios, propios del dominio atlántico, como hayedos en las tres cordilleras principales, masas de roble albar y gran parte de los abedulares españoles con entidad de bosque. Los bosques marcescentes, rebollares y quejigales, son los de mayor <rea potencial y ocupan espacios amplios, junto a los esclerófilos del encinar interior. En los bosques de coníferas alternan enclaves valiosos, como el pinar de Lillo, en el extremo de avance al NO del pino silvestre, con extensos  sabinares de sabina albar y origen antiquísimo.(3) De la fauna destacan  vertebrados simbólicos por el aprecio social, el tamaño de sus poblaciones o el peligro de extinción; desde mamíferos, como el oso pardo, el lobo y la cabra montesa, hasta aves, como la avutarda y el urogallo. Otras especies  de interés turístico (caza y pesca), como los rebecos, corzos, ciervos y truchas acrecientan la riqueza.             Los arcaísmos y herencias rurales constituyen un acervo etnográfico armonioso con la naturaleza, que se añade a los valores artísticos e históricos de cientos de castillos, murallas, ermitas o monasterios. Buenos ejemplos son las pallozas, hórreos y obras de la ganadería montañesa (chozos, cabañas, corrales y tenadas), las dependencias del secano cerealista y el viñedo (eras, paneras, lagares y bodegas) o las del trabajo artesanal (molinos, hornos, herrerias y alfares), así como los terrazgos singulares (bancales, cercas de piedra).            Combinar el cuidado de tanto patrimonio con el desarrollo rural planteaba una dificil tarea de seleccion, pero aún parecían mas uticos los requerimientos economicos. El poco peso electoral de Castilla y León (2,5 millones de habitantes o el 6,5% de la población espaZola, para el 16,6% de la extensin), su desarrollo autonomico de segundo nivel, los avatares de los pactos para gobernar, o cierto conformismo social, relegaban a esta comunidad ante otras mas beneficiadas.(4) Si la situacion parecía  aconsejar planes modestos,  actuando en enclaves  reducidos o aspectos parciales, se opt por  un plan de ENP grandioso y global, aunque ligado a la coyuntura politica.  2. LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE 1989: LA LEY Y RED DE ESPACIOS NATURALES             Con el gobierno autonómico de 1989, fruto de acuerdo entre el Partido Popular, preponderante, con el Centro Democrático y Social, surge dicha Consejería, pionera en España y mencionada como hito histórico; pero tampoco hay que omitir que se trató de una concesión pactada para el socio menor. El primer consejero, del CDS, ensayó una  mejora de imagen desde esta Comunidad, donde su partido tenía aún algún peso.       Cuadro 2. GRUPOS DE ENP POR FIGURA, NÚMERO, SUPERFICIE, MEDIOS Y VALORES
    FIGURAS Y  NUMEROSUPERFICIESMEDIOS   Y   VALORES SOBRESALIENTES 
    Figuras        agrupadasN1Hectáreas%ENP  declarado%ENP MontañaMtña. mediaMamíferosAvesFloraKarstGlaciarOtro
    P. Nacional124.7198,822,201 11111 
    P. Regional218838967,2116,792 22212 
    P. Natural1154704313,1948,75738411461
    R. Natural6522603,154,6621233   
    M. Natural9263527,622,3524   423
    P. Protegido62834660,0025,2625523121
    Total ENP351122229100,0100,0161318122011135
    Declarados**11280282100,024,9864625561
    *Las cimas de los ENP de montaña, desde 1500 m y hasta 2640, suelen superar  el techo forestal y tener modelado glaciar, lagunas o lagos; la montaña media con cimas de 1000 a 1500 m. carece de tales valores. Tras las  columnas de valores singulares,  la de  otros incluye modelados, enclaves fosilíferos,  la mina romana de las Médulas, escarpes y cascadas. **Los ENP declarados ser<n m<s al publicarse este trabajo, pues el proceso est< en avance. Los 11 señalados son: un Parque Nacional (24.719 has), dos Parques Regionales (188.389 has), tres Parques Naturales (36.982 has), una Reserva Natural (8.828 has) y cuatro Monumentos Naturales (21.364 has).             La Ley de Espacios Naturales y la REN estaban entre los proyectos m<s vistosos, junto con otros para reforestar con especies autóctonas, educación ambiental y ámbitos fluviales (5). Tras una campaña  de divulgación intensa y costosa, y tras sopesar o retocar diversas propuestas, se aprobaron la Ley de Espacios Naturales y la Red de Espacios Naturales el 10 de mayo de 1991. Eso sucedía a  acciones puntuales, como la creación de la Reserva de Caza de las Lagunas de Villafáfila (1986), la ampliación o cambio de nombre para los Parques Naturales del Lago de Sanabria (1985, 1990), Cañón del Río Lobos (1985) y Hoces del Río Duratn (1989).            La Ley castellano-leonesa sintoniza de pleno con el marco de la nacional (4/89) y recoge aspectos positivos como “garantizar” “el desarrollo socioeconómico de la población afectada en los espacios naturales”, así como cautelas sobre procesos urbanísticos. Pero ambas leyes incluyen dos hechos  conflictivos con la propiedad privada,  provocando recelos en las sociedades rurales.            Uno es la Declaración de Utilidad Pública, a efectos de expropiación, o tanteo y retracto en transmisiones y ventas de bienes; el intento de disimulo, afirmando que las medidas no se aplicar<n, aumenta el temor.(6) El otro fija la sumisión a planes especiales dasocráticos de los montes públicos y de propiedad particular, lo que puede frenar al sector forestal y perjudicar al arbolado. El control riguroso del monte, que apenas produce y  pude devenir  una carga, suscita temores y tiene malos precedentes. La autorización oficial de talar de un organismo se cuestiona con multas de otro, con la sociedad rural como víctima de guerras de competencias.(7)  3. LAS FIGURAS O TIPOS DE ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS: LA AMBIGÜEDAD Y LA AUSENCIA DE ESCALAS COMO PROBLEMAS             El bloque m<s concreto de la Ley fija las figuras de ENP. Los parques, en la m<xima categoría, son “<reas naturales poco transformadas”, con atributos de valor paisajístico, ecosistemas representativos, singularidad florística, faunística, geomorfológica, interés estético, educativo y científico. En el ámbito autonómico se establecen: el Parque Regional, con ecosistemas poco alterados, de m<xima relevancia y necesaria protección, y el Parque Natural, dotado de relativa extensin, valor natural y armonizando la presencia humana con la naturaleza en uso sostenible.            Las diferencias entre ambos tipos de parques son banales y nulas de hecho. Pese a la ausencia de escala del parque regional, sus propiedades no caben en menor tamaño que el del natural; por eso, los regionales son m<s extensos que casi todos los naturales. Asimismo, el contraste entre el carácter muy natural de los primeros y la presencia humana armoniosa en los segundos es dudoso o falso. La densidad de población en los parques regionales supera a la de los naturales y aquéllos muestran efectos del turismo desde décadas; el Parque Regional de Gredos, con la incidencia de la aglomeración madrileña cercana, es rotundo.            Las Reservas Naturales tienen un objeto m<s preciso en la biosfera: masas vegetales, conjuntos florísticos, poblaciones animales y especies singulares o en riesgo de extinción. Pese a la claridad del objeto, persiste agravado el problema de la escala, sin mención en la Ley. La extensin de las reservas propuestas oscila entre 30 has del Sabinar de Calatañazor y 32.682 has de campiña desarbolada en las Lagunas de Villafáfila. Las diferencias de tamaño, m<s las del tipo de protección (flora o fauna), hacen imposible una homologación, tanto de orden interno (en pocas has no cabe zonificar), como de medios, modos y recursos, o de incidencia en el entorno rural.              La tercera figura son los Monumentos Naturales: “espacios o elementos de la naturaleza..” singulares, raros o bellos, como masas rocosas, yacimientos de fósiles y elementos de la gea con valor científico, cultural o paisajístico. Con esos elementos de esencia dispar se elude aún m<s el orden de tamaño y se omiten los valores del relieve y del agua, que justifican a casi todos los monumentos (Cuadro 2). Aún así, esta figura, en su proyección en la REN, resulta eficaz y barata para proteger singularidades abióticas. Los monumentos concretos tienen cierta semejanza escalar; salvo el minúsculo Cerro Pelado, varían entre cientos y pocos miles de has. Y otros atributos asemejan el tipo de protección, como la evolución lenta -hasta millones de años-, el bajo riesgo de accidentes (no arden,..), la necesidad de obra expresa para destruirlos o lo irreversible del deterioro, por lo que la alternativa se limita a la prevención.            Por último, “..son Paisajes Protegidos aquellas <reas del medio ambiente que, por sus valores estéticos y culturales, sean merecedores de una protección especial”. La referencia, calcada en las leyes autonómica y nacional, llega al colmo del vacío; cualquier paisaje castellano-leonés, fruto de usos milenarios, tiene valor cultural y en lo estético caben efectos dañinos y destructores de lo natural. Si ese cajón de sastre no honra a los legisladores, es de temer la vía que pueda abrir a  maquinaciones. El uso del decreto medioambiental como recurso en conflictos entre el estado y las autonomías, entre partidos, o entre líderes, tiene malos precedentes.(8)            La calidad estética parecía orientar los Paisajes Protegidos hacia las llanuras abiertas, tan exaltadas por la literatura, la pintura o el cine;  aunque la vinculación del paisaje castellano a la llanura inmensa, desarbolada, desabrigada y áspera es tópica, tiene fundamento perceptivo por su mayor tamaño y su centralidad. (9) El rasgo cultural invitaba a pensar en tipos de poblamiento y  paisajes agrarios singulares, como los adehesados salmantinos o los corros de labradío entre bosque del arenal de Tierra de Pinares. Ante la situacin periférica de los parques y monumentos, los paisajes protegidos podrían ser la figura de compensación para las llanuras.(10)    Cuadro 3. NOMBRE, FIGURA SUPERFICIE, ESTADO,SITUACIÓN Y TIPO DE MEDIO DE LOS ENP
    Nombre del ENPFigura jurídicaHectáreas   %  figura  %  ENPEstado de trámiteSituacin, medio-motivo y provincia.
    Picos de Europa*Parque Nacional24.719100,002,20DeclaradoN    Montaña              LE
    Picos de Europa **Parque Regional100.67253,448,97DeclaradoN    Montaña              LE
    Sierra de GredosParque Regional87.71746,567,82DeclaradoS    Montaña              AV
    Lago de SanabriaParque Natural22.3652,941,99DeclaradoNO Montaña              ZA
    Cañón del río LobosParque Natural9.5801,260,85DeclaradoE    Montaña media BU-SO
    Hoces del río DuratnParque Natural5.0370,660,45DeclaradoS    Montaña media    SG
    Sierra de la DemandaParque Natural81.27010,697,24TrámiteE     Montaña              BU
    Sierra de los AncaresParque Natural67.2808,856,00TrámiteNO  Montaña              LE
    Fuentes  CarrionasParque Natural78.36010,316,98TrámiteN     Montaña              P
    Arribes del DueroParque Natural170.00022,3615,15TrámiteO     Escobios       SA-ZA
    Las BatuecasParque Natural32.3004,252,88TrámiteSO   Montaña             SA
    CandelarioParque Natural10.7371,410,96TrámiteSO   Montaña             SA
    Hoces del río RiazaParque Natural6.4700,850,58TrámiteSE   Montaña media   SG
    Sierra de UrbiónParque Natural63.6448,375,67TrámiteE      Montaña             SO
    Valle de IruelasReserva8.82816,890,79DeclaradaS      Montaña-aves    AV
    Pinar de HoyocaseroReserva3700,710,03TrámiteS      Montaña-flora    AV
    Hayedo de RiofríoReserva1.9303,690,17TrámiteSE    Montaña-flora    SG
    Sabinar de CalatañazorReserva300,060,00TrámiteE      Bosquete            SO
    Riberas de CastronuñoReserva8.42016,110,75TrámiteC      Embalse-aves    VA
    Lagunas de VillafáfilaReserva32.68262,542,91TrámiteC      Campiña-aves    ZA
    Lago de la BañaMonumento7312,760,07DeclaradoNO  Montaña-glaciar  LE
    Lago de TruchillasMonumento1.0664,020,10DeclaradoNO  Montaña-glaciar  LE
    Ojo GuareñaMonumento14.76755,661,32DeclaradoN     Montaña-karst    BU
    Monte SantiagoMonumento4.80018,090,43DeclaradoNE Montaña-escarpe BU
    CovalaguaMonumento2.86010,780,25TrámiteN Montaña- karst       P
    Las TuercesMonumento7822,950,07TrámiteN  Montaña-karst       P
    La FuentonaMonumento2160,810,02TrámiteE   Montaña-karst      SO
    Las MédulasMonumento1.1154,200,10TrámiteNO Mina romana       LE
    Cerro PeladoMonumento150,060,00TrámiteE     Fosilífero            SO
    Paramera y SerrotaPaisaje Protegido41.00014,463,65TrámiteS     Montaña             AV
    Montes ObarenesPaisaje Protegido45.28015,974,03TrámiteNE  Montaña media   BU
    La Yecla Paisaje Protegido26.0559,192,32TrámiteE     Montaña media   BU
    Valle de San EmilianoPaisaje Protegido55.20019,474,92TrámiteNO  Montaña             LE
    El RebollarPaisaje Protegido50.04017,654,46TrámiteSO  Montaña media   SA
    Sierra de la CulebraPaisaje Protegido65.89123,255,87TrámiteO    Montaña media   ZA
    Espacios NaturalesTODOS1122229 100,00  
    *Parque Nacional de 64.660 has en Castilla y León, Asturias y Cantabria.**Parque regional homónimo en Castilla y León, de cuyas 120.760 has en su declaración, 20.088 han pasado al Parque Nacional adyacente. Mayúsculas de la columna final: situacin en Castilla y León por puntos cardinales y provincias.              Sin embargo, los paisajes protegidos de la REN son periféricos, del  tamaño de los parques (Cuadros 2 y 3) y los valores comunes de montaña acrecientan sus semejanzas. El Valle de San Emiliano (Babia y Luna), tiene una riqueza faunística (urogallo y oso) y geomorfológica (formas glaciares, escarpes) no inferior a la de la mayoría de los parques, y una ampliación por el S permitiría incluir parte de los abedulares españoles con entidad de bosque. Se trata de parques encubiertos, sin demérito ante los declarados o propuestos.            Todas las figuras tienen un defecto común de las leyes y planes autonómicos o nacionales,  fruto de la propaganda o la hipocresía: los calificativos de natural, poco alterado, uso armonioso,.. fomentan el tópico de unos medios salvajes o cuasivírgenes, divulgado sin rigor por la prensa, la televisión o las fotos. Los bosques, la fauna y el paisaje de nuestras montañas muestran los efectos de su explotación histórica e intensa  por sociedades rurales, que nada dejaron sin tocar. Su densidad de población fue alta, como la de cualquier otro medio regional, sobre todo para la economía de subsistencia y con una ganadería excesiva en ndmero.(11) Es engañoso llamar naturales a espacios que, ante todo, son rurales; m<s oportunos parecen términos, como espacios ecológicos, espacios rurales protegidos,. . 4. LOS PLANES DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES (PORN) Y EL PROBLEMA DE LA ZONIFICACIÓN             El PORN es el marco b<sico para crear un ENP. Su primer apartado aborda los límites, el inventario de valores y el diagnóstico ecológico y socioeconómico. a) Unos límites poco ajustados al criterio ecológico.- Las delimitaciones no suelen seguir divisorias de aguas, contactos rocosos, contrastes edáficos,  umbrales de vegetación, o <reas de fauna. Por su situacin periférica, 20 de los 35 ENP confinan con otras Comunidades o con Portugal, al margen de cambios naturales. Pero un problema mayor y achacable a la planificación es la incapacidad para salvar fronteras menores: algunos límites de provincia dividen espacios idénticos en la REN, como los parques naturales colindantes de la Demanda (Burgos) y Urbión (Soria). El primero engloba dos ámbitos bien distintos, como el macizo paleozoico de la Demanda (NO) y las sierras del gran monoclinal mesozoico de Neila-Quintanar (SE), que prolongan al O las de Urbión-Cebollera del segundo.            El “respeto a las provincias” también afecta a ENP de distinta figura. La raya León-Palencia separa al Parque Regional de Picos de Europa del Natural de Fuentes Carrionas, olvidando la divisoria de aguas Esla-Carrión. No es menos llamativo el paso del Parque Regional de Gredos (Avila) al Natural de Candelario (Salamanca), adosado como mero apéndice. Excepciones loables son los parques naturales del Cañón del Río Lobos y de los Arribes, que superan marcos provinciales.            A menor escala, los confines de los ENP se ciñen bastante a los términos municipales, problema que se agrava en municipios extensos con medios distintos. Pero hay límites aún m<s artificiosos, como trazados de carreteras y hechos degradantes, sean minas, desmontes o estaciones de esquí. El Parque Natural de las Hoces del Duratn limita al NE con el desmonte de una enorme arenera. El Regional de Picos de Europa termina al O en las pistas de la estación invernal de San Isidro, esquivando las cercanas divisorias de aguas. A la postre, las delimitaciones timoratas, huyendo de lo  agresivo, acentúan los problemas de escala señalados. b) Los análisis de estado y la valoración ecológica y socioeconómica: el abuso de información yuxtapuesta.- Los estudios interdisciplinares, a partir del trabajo de campo y la concepción integrada, tan necesarios para el diagnóstico, no se han producido. Los planes tienen el planteamiento de documentos de trámite.            Se basan en un esquema rígido, de plantilla, cuya lista comienza con el clima y por la flora, la fauna,.. llega hasta la población y la economía . Los apartados y epígrafes superan incluso los 200, en modo tan exhaustivo que perjudican la interpretación. Para obtener tantos datos se recurre a fuentes dispares, pero sin depurar, como si hubiese que rellenar todas las casillas. El  apartado del clima incluye meteoros de difRcil registro, como nieve, niebla o rocío; pero no se mencionan las condiciones de emplazamiento y gestión de los observatorios, a veces tan malas que surgen datos absurdos,  increíbles o generalidades.(12) Y no hay menor imprecisión en lo socioeconómico; para el sector agrario se abusa de los Censos, viciados por interés o desidia, y hasta desfasados, mostrando explotaciones estadísticas y al margen de la realidad.(13)            Tal es la base insuficiente para la zonificación, conservación y promoción, mediante el instrumento de los Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG) en los Parques, Planes de Conservación en las Reservas y Normas de Protección en los demás espacios. c) La protección gradual de las zonas: la calidad, la fragilidad y su trasfondo socioeconómico y jurídico.- La distinción de zonas de Reserva (de m<xima calidad, fragilidad y acceso controlado), Uso limitado (menos vulnerables), Uso compatible (capaces de soportar actividades agrarias o recreativas) y Uso general (libres y urbanizables), reconoce varios niveles de valor y riesgo. Aunque parece lógica la protección gradual, las zonas propuestas no se basan en los criterios anunciados de calidad o fragilidad, sino calcan la trama b<sica del espacio agrario y  tienen un sentido económico y jurídico m<s que proteccionista.(14)             Por hallarse los parques en las montañas, casi todas las zonas de reserva son de tres tipos: roquedales cumbreños, cuyo uso se limitó al pastizal de ovejas y cabras; bosques y matorrales en pendiente fuerte, cuyo esquilmo ha sido la saca de leñas; y tollas, charcas o turberas de escaso aprecio agrario. Esas zonas requieren  cierta extensin, que las justifique, y suelen fijarse también en los confines de  los términos de pueblos, poco explotados por la distancia. Se rehuyen las <reas conflictivas con la actividad agraria y el reparto espacial, muy regular, apunta hacia criterios de conveniencia. Abunda en exceso la asociación de “calidad biológica” o “elementos bióticos frágiles” con sectores marginales. La extensin de las <reas de reserva en parques grandes tiene órdenes de 1000-2000 has, cuya suma, hasta m<s de 10.000 has y hacia el 15%, supera la extensin total de los parques pequeños. En las reservas naturales las zonas de reserva pueden ser mayoritarias y los monumentos naturales suelen carecer de dichas zonas.(15)            Las zonas de uso limitado, a veces idénticas a las propuestas como reserva, se distinguen en otros casos por su mayor valor agrario, como <reas de pasto o pinares repoblados. Ambas zonas corresponden al monte, espacio sin cultivo regular, pero las de uso limitado funcionan como masa común para lo no incluido en otras mejor definidas. Por el tamaño reducido de los cultivos de prado y labradío en montaña, ceñidos a franjas de fondo de valle, el uso limitado ocupa unos 3/4 de los ENP. Con todo, el nexo crucial entre reserva y uso limitado es la propiedad colectiva o pública; un factor jurídico elevado a dominante en la calificación de los valores naturales. Las zonas de usos compatible y general se definen en conjunto por la propiedad privada, en torno a 1/5 de la extensin. El primero se identifica con el terrazgo de prado o labradío y el segundo, con el casco urbano de los pueblos o las instalaciones de actividades no agrarias.            Aun dependiendo de criterios jurídicos y econmicos, la zonificación puede ser eficaz. Las <reas poco explotadas suelen estar mejor conservadas y su protección resulta m<s barata, lo que evita conflictos y mejora la gestión. No debe olvidarse que la actividad agraria, que produjo estos paisajes, supo sostenerlos exportando m<s de lo recibido. Pero eso no redime la hipocresía  respecto a la zonificación; grandes zonas de reserva est<n rotas en fondos de valle por franjas estrechas de parcelas privadas (uso compatible), sin argumentos de diferencia de calidad o fragilidad. Al contrario, esos fondos son ricos y delicados; concentran un elemento clave, como el agua, junto con la flora y fauna hidrófilas, o funcionan como pasos y abrevaderos de mamíferos y aves.            Las zonas referidas, igual que las periféricas de protección o de influencia socioeconómica, crean agravios. Se señala, con razón, que a los pueblos pequeños y apartados corresponden las limitaciones de la reserva, mientras que los grandes y mejor dotados carecen de cortapisas. d) La clasificación de usos: una cierta permisividad ante hechos agresivos.- La autorización, término omnipresente en la normativa, se erige en clave de la regulación de actividades. Excluyendo el suelo urbanizable (uso general), la clasificación de usos permitidos, prohibidos y autorizables parece apropiada. Son permitidos los usos tradicionales de la economía rural: agrícolas, ganaderos y forestales, salvo excepciones.             Los usos prohibidos se centran en hechos derivados del turismo, pese su propuesta como alternativa de desarrollo. El fuego, la acampada libre, los carteles publicitarios, los desechos de basura y contaminantes, las motos todoterreno, las agresiones a  flora y fauna o la introducción de especies exóticas, son usos prohibidos. Esas prohibiciones parecen oportunas, pero algunas figuran en leyes generales y otras resultan conflictivas.             El fuego, para eliminar restos vegetales, controlar el matorral, calentarse o secarse, ha sido un uso tradicional y decisivo en la creación del paisaje de montaña, lo que aconseja proceder con tacto. Su prohibición exige rozas costosas del matorral por descuaje, corta o medio químico, para mantener el pasto y evitar incendios, sean accidentales o provocados. Las motos todoterreno deberían autorizarse a los locales, por ser sustituto de la caballería y casi necesario en la ganadería extensiva, que requiere traslados a distancia. Debe haber salvedades con los locales, que, además de usuarios, son mantenedores del medio. La rigidez, las sanciones, o la pérdida de recursos, conducen a desastres, cuya prevención radica en el interés  por evitarlos, m<s que en las multas.            El carácter l<bil de la legislación culmina en los usos autorizables, referidos a actividades de promoción exterior, incluyendo las de efectos graves o persistentes, si bien con Evaluación de Impacto Ambiental. A las carreteras, presas y embalses, minicentrales, líneas eléctricas, minas a cielo abierto, roturación de montes, concentración parcelaria, alteración del dominio hidráulico, vertederos y primeras repoblaciones forestales se añaden todos los considerados autorizables en la planificación.            Autorizar las roturaciones es peligroso en el marco de la Política Agraria Común (PAC), que subvenciona por superficie y barbecho, generando una grave regresión vegetal. Se vuelven a labrar parcelas en abandono desde los años 60, colonizadas  incluso por tallar de especies arbóreas; en pagos de monte y baja calidad agrícola, también crece la tentación de roturar. Caso similar son las plantaciones de pinos, o las choperas de subvención reemplazando a bosques de ribera. Hay que reorientar los fondos públicos que fomentan la degradación, en vez de intentar captarlos con roturos y repoblaciones. A la postre, las autorizaciones, meollo de toda actuación de envergadura, confieren a los órganos y cargos de gestión un control decisivo del desarrollo rural en los ENP.       5. LA GESTIÓN: LOS CARGOS DE DESIGNACIÓN FRENTE A LOS ÓRGANOS COLEGIADOS ASESORES             Por el nombramiento de los cargos con m<s capacidad decisoria, la Consejería respectiva detenta la gestión de los espacios. Con carácter consultivo y cooperador, acaso  un tanto honorífico, se crean dos tipos de órganos colectivos numerosos, también sujetos en parte a las designaciones: el Consejo Regional de ENP, para todos los autonómicos, y las Juntas Rectoras, para cada uno.            El Consejo Regional est< integrado por unos 26 miembros, con base en torno a 12 de designación, según el ndmero de consejerías, pues cada una aporta un miembro y dos la de Medio Ambiente, incluyendo al presidente. El resto son elegidos por: Universidades (4), Grupos Conservacionistas (2) y, en mínimo de 1/3 del total, Entidades Locales de los ENP.  Para las Juntas Rectoras, no se fija  el ndmero ni la provisión de miembros, sino la presencia de los grupos anteriores, m<s otros de las Diputaciones y el Director-Conservador. Al margen del carácter consultivo, tal ndmero de miembros, parece excesivo para la entidad de algunos ENP. Una Junta nutrida para las 35 has del Sabinar de Calatañazor, u otros similares, supone una desproporción y reincide sobre el valor de la escala en la gestión.            Las decisiones y el control cotidiano convergen en un cargo: el Director Conservador. Considerando su acceso por designación, la posibilidad de ejercer en varios ENP a la vez y sin referencia de cualificación profesional, su perfil es una incógnita. (16) Entre sus cometidos est< la elaboración de memorias anuales de actividades, resultados y situacin, pero no se precisa, ni se menciona, el engarce con lo que algunos planes denominan “personal del parque”.             Se requiere, al menos  para espacios de gran categoría, crear servicios específicos, que ya tienen en parte algunos: recepción, enseñanza, vigilancia, estudio, atención a la población local y administración. Esto corresponde a los PRUG, aún en germen, pero se echan de menos en las normas de mayor rango precisiones sobre orientación y garantía de servicios; y un vacío similar rodea al asesoramiento técnico. Tales lagunas otorgan mayor autonomía a la normativa propia de cada ENP, pero al multiplicar el ndmero de planes por el de programas, subprogramas y  el ndmero de espacios, surge un grave riesgo de marasmo.  6. LA AMBIGÜEDAD DE LOS PROGRAMAS EN TORNO A TÓPICOS DEL DESARROLLO SOSTENIBLE             Cada PRUG  ha de contar con varios programas b<sicos: de conservación, uso público (visitas), administración y mantenimiento e investigación. A ellos se une el Plan de Mejoras, orientado genéricamente al desarrollo rural, en tres programas: infraestructuras, fomento del desarrollo endógeno y dinamización de recursos humanos. Los dos últimos, destinados a los locales, aglutinan los términos comunes del desarrollo sostenible: agricultura ecológica, ganado de raza autóctona, etiquetas y denominaciones de origen, ecoturismo, artesanía, cursos de oficios rurales y  formación turística, escuelas-taller,.. Pero, al no haberse realizado ningún PRUG, la incógnita es casi total.  a) Las mejoras en la producción agraria y la formación: la omisión de lo estructural y la opción por un mosaico de actividades.- Las alternativas mencionadas eluden las taras de fondo de la economía ganadera de los ENP, en torno a tres problemas de las explotaciones: escasa extensin de prado cultivado, microparcelario y falta de instalaciones (establos, naves, silos,..).             Si el ganadero aspira a una explotación productiva y de calidad, las razas y productos autóctonos no aportan siempre la mejor solución. De las ganaderías autóctonas y extensivas de carne se obtiene a veces poco y malo. Ese ganado era apto para el trabajo (yuntas), pero su rusticidad comporta un crecimiento lento y reses campeadas, viejas y duras, en contra la calidad, aunque se ensalce el sabor. Las denominaciones de origen y etiquetas ecológicas tampoco sintonizan del todo con las cortas producciones de muchos ENP, surgiendo riesgos de proliferación excesiva. Y los cursos de oficios tradicionales, acelerados o no, se imparten desde décadas en el medio rural (Sección Femenina, PPO,..), con provecho relativo; si tienen buena subvención se repetir< el éxito de matrícula, pero los resultados nunca pasaron de discretos.  b) El turismo como clave del desarrollo: sus limitaciones en cantidad y calidad.- El turismo se propone como alternativa principal: “..la declaración de un Espacio Natural”...“atraer< a la zona un gran ndmero de visitantes, de modo que ser< obligatorio regular el uso público..” (17). Pero no se señala el origen del turismo y considerando la extensin, la población, el nivel de renta modesto, o la situacin periférica de los ENP -lejos de ciudades y con mala accesibilidad-, las perspectivas no son óptimas para un turismo regional.             Madrid, con 5 millones de habitantes, extensin reducida y mayor renta, puede proveer turismo para ENP cercanos, como Gredos, donde hubo que frenar promociones de urbanización y de estación invernal. Con todo,  la dotación hotelera se reduce a 574 habitaciones, incluyendo el entorno del Parque; es decir, la capacidad de un gran hotel de la costa. Casos similares, con turismo m<s variado, son los de Picos de Europa y Lago de Sanabria, contando con 571 y 342 habitaciones. En el otro extremo, varios ENP carecen de hostales para visitantes.(18)            Hay un turismo masivo, pero de baja calidad, por su concentración, descontrol y poco gasto. En verano y fin de semana, miles de personas se apiñan en enclaves como la ruta del Cares, el lago de Sanabria, o junto a ríos y carreteras. El descontrol distingue a ese turismo de domingueros (familias en automóvil), mochileros (autocar o campamento) y montañeros (refugio, albergue o al aire libre), que es fuente de problemas para el medio y para la población local; desde los fuegos y las basuras, hasta daños a los cultivos o las molestias al ganado. Los problemas de ese turismo se acentúan por su gasto casi nulo, de modo que una familia en hotel aporta m<s que 60 personas en campamento y las oleadas no favorecen al turismo rentable, que suele ser asiduo. Asimismo, la atracción del proteccionismo resulta matizable, pues exige restricciones en las <reas de m<s afluencia, donde la protección debe restringir.             El potencial turístico de los ENP se complica al diluirse en el turismo rural principal: el veraneo y fin de semana de oriundos en casas de la familia. En Castilla y León 2/3 (306.848) de las viviendas secundarias/desocupadas son rurales y se usan en verano, habiendo una afluencia similar a casas abiertas de los familiares.(19) Este turismo sí genera recursos; sostiene servicios mediante el agosto y crea trabajo de mantenimiento y construcción. Finalmente, resta otro solapamiento con programas de desarrollo rural, como los Leader, que afectan a parte de la REN.(20)            La regulación del turismo, en conflicto con el carácter social de los ENP, es la clave de las normas de uso público, cuyo cumplimiento pasa por la dotación de medios (celadores, instalaciones..). La magnitud territorial aumenta el riesgo de que se repita agravada la penuria de los Parques Nacionales; su extensin pequeña (inferior a 1/5 de la de la REN), la ausencia de población local o la fama internacional no han evitado estrecheces.(21)             El turismo genera tensiones entre los pueblos del interior y del entorno de los ENP, pues sus límites excluyen a propósito los núcleos de mayor tamaño y equipamiento, cuya ventaja para captar el recurso aumenta, al carecer de cortapisas. Surge, pues, un caso similar al de la zonificación: los recursos generados por los espacios revierten fuera.  Como balance, no cabe atribuir a la creación de espacios una gran eclosión turística, su aportación parece abocada a ser mero complemento de las economías rurales y de otros tipos de turismo. Los PRUG tienen sendos retos en la solución a los agravios y a la fuga de recursos, haciendo percibir las ventajas a los afectados.   7. UNA FINANCIACIÓN INSUFICIENTE Y DIFUSA: SUS REQUERIMIENTOS             Muchos problemas se mitigarían con una financiación generosa, cuyo requisito de partida deben ser las compensaciones,  frente a las ideas de expertos, jaleadas en la prensa y teñidas de despotismo, en pro de una protección bastante al margen de los habitantes locales, señalando que apenas les afectan las cortapisas, que son pocos, o ignorantes, al no advertir los beneficios. El mundo rural no ha pedido los ENP, que se deben a iniciativas externas entre la oferta de ventajas y la imposición.             Hay que compensar las trabas burocráticas y el control;  acciones dudosas, o infracciones, toleradas o impunes en otras <reas, generan pleitos o duras multas en los ENP.(22) También hay perjuicios de expectativa, como el caso de fincas rústicas, que se venderían a alto precio para edificar, aun ilegalmente, y pierden tal valor por efecto de la protección. Los usufructos históricos del colectivismo, sobre montes (pasto, forestal, caza) o aguas (riego), constituyen otra fuente de inquietud; merced a la base jurídica confusa de esos usos, que los locales consideran propios, surge el temor de perderlos a favor de entidades de m<s rango. La posibilidad de litigar al respecto de los ayuntamientos, sin medios y dependientes de ayudas del órgano al que se enfrentan, es casi nula.            Las cortapisas y daños concretos a particulares, diversos según ENP, resultan los m<s f<ciles de compensar. Es el caso de los perjuicios de la fauna al ganado o los cultivos (lobo, jabalí,..), las pérdidas de explotación forestal, en bosques o plantíos privados, o las limitaciones de carga ganadera, entre otros. La reticencia del mundo rural tiene causas m<s generales, como la percepción global de acabar subordinados a agentes externos y meros peticionarios. Y no es menos grave la falta de audiencia social en los medios de difusión, donde las noticias est<n protagonizadas por expertos o colectivos urbanos, cuya opinión se respeta; la de los afectados apenas cuenta. Bajo un falso altruismo, que a veces encubre intereses, se crea una imagen negativa de los locales, unos pedigüeños e interesados a los que hay que atar corto.(23) a) Muchas fuentes de financiación para pocos recursos.- Pese a señalar seis vías de aportación, la Ley autonómica es l<bil y no garantiza recursos adecuados. Tres fuentes, como donaciones,  traspasos del estado central y fondos europeos, resultan aleatorias y  no dependen en principio de la entidad regional. Otra vía, como las partidas del presupuesto regional para Adquisición de Patrimonio Natural podrían ser muy v<lidas para  espacios pequeños; siempre con la cautela de no recurrir  a expropiación, tanteo y retracto; por  desgracia no se menciona ningún compromiso en cantidades o porcentajes. Y menos comentario aún merece la financiación ordinaria autonómica, que ha de ser general, equitativa y sin ventajas para los ENP.            El meollo de la dotación son los fondos autonómicos, específicos y anuales para  protección, gestión y desarrollo de los ENP. Esta financiación extraordinaria es la única que precisa la Ley, pero de modo restrictivo: “...a partir del momento que estén declarados todos los espacios incorporados al Plan.., con un límite superior de tres mil millones de pesetas.” Tras seis años de vigencia, faltan muchas declaraciones y cuando termine el proceso la cifra-techo ser< modestísima. A su vez, esos fondos se aplican a las Áreas de Influencia Socioeconómica, bastante m<s extensas que los ENP, y, en su m<ximo, no alcanzan  2000 pts/ha, pero bien podrían reducirse a la mitad. Frente a las ayudas agrarias (sobre todo de la PAC), m<s de ocho veces mayores en promedio y causantes de efectos agresivos, la desproporción resulta brutal. (24)            Según las Memorias de la Consejería medioambiental, la financiación extraordinaria apenas alcanza 1.000 millones de pesetas anuales, aplicándose en tercios casi idénticos para conservación, uso público (visitantes) y calidad de vida (de locales y visitantes; pero sólo se han declarado 11 de los 35 espacios de la REN en 1/4 de la superficie total prevista. Aunque el reparto parece equitativo y apropiado, queda empañado por la escasez de fondos, con rango muy  inferior a los de los Parques Nacionales, que son mucho m<s pequeños y no debieran tener necesidades mayores, por su carácter despoblado y por disponer ya de infraestructuras. Parece que en financiación por hectárea o por habitante (incluyendo <reas de influencia socioeconómica) los ENP castellano-leoneses, van a recibir de 8 ó 10 veces menos. (25)            Las vías indirectas de financiación, como los acuerdos, prioridades y ayudas sesgadas a través de consejerías autonómicas afines, como las de Agricultura, Fomento,..  o bien orientaciones  específicas de fondos de origen nacional o europeo, suelen invocarse  como  gran recurso potencial, incluso como la mayor fuente de financiación Tales afirmaciones abundan en el lenguaje promisorio de los políticos y los técnicos, señalando que así podrán desarrollarse planes ambiciosos, como ha ocurrido en algún caso en España. (26) Se trata de actitudes imprecisas, que parecen encubrir las insuficiencias presupuestarias de la protección en general o la incapacidad para garantizarla.  b) Las prioridades de las inversiones: el paisaje vegetal, las reparaciones en la hidrosfera y el fomento al turismo de calidad. -.El paisaje vegetal tiene como primera urgencia el control del matorral, clave del riesgo de incendio, en tres modalidades: limpieza de sotobosques (incluyendo entresaca), roza de los pastizales invadidos y actuación compleja en  aureolas arbustivas de los bosques, vitales para su expansión, mientras que las repoblaciones son menos apremiantes. Sin fuego, el control del matorral  resulta difRcil y  caro, pues supera el coste por hectárea  de trabajo y maquinaria del  cereal de secano, que cuenta con  subvención. (27) Asimismo, es imperativo primar la conservación de tallares, cepedas, estolones o adehesados, bajo un sólo medio eficaz: hacer que esa vegetación beneficie al usuario m<s que su tala, quema o descuaje.            La contaminación de los ríos y lagunas se agrava en los ENP por hallarse en las cabeceras, las <reas de mayor aporte fluvial, incluyendo medios lacustres, y donde la  ganadería produce vertidos abundantes.  El uso de los lechos como basureros, contribuye a que, ya en origen, las aguas fluyan sucias, con daños para la salud, la flora y la fauna acuáticas, afectando al recurso de la pesca en ríos con gran potencial  truchero. La vigilancia, que prevenga, o los medios de recogida de basura, son medidas perentorias y sencillas, frente al problema de la depuración de las aguas residuales.            El alcantarillado deficiente, mezclando aguas residuales con las de arroyos, manantiales y canalones, termina en las depuradoras, que se generalizan, pero apenas funcionan por anticuadas, insuficientes o difíciles de mantener. El desastre culmina en agosto, al coincidir la afluencia del veraneo con el estiaje de los ríos, que reciben vertidos domésticos muchas veces mayores que los habituales(28). Los residuos ganaderos tienen soluciones diversas, según tipos de ganado, establos y factores locales; pero toda acción eficaz requiere alternativas, desde estercoleros colectivos hasta infraestructuras de decantación, evaporación o técnicas bioquímicas. El problema económico de estas tareas se agrava la escasa rentabilidad de imagen y de reconocimiento a los promotores.             El turismo, degradante pero tolerable como recurso, tiene su óptimo en el ndmero reducido y el bajo impacto por turista. Pero surgen campamentos, albergues, refugios o campings que, siendo masivos y poco remuneradores, captan ayudas oficiales. La prioridad ser< canalizar los fondos públicos, hacia la calidad, sin bajar del nivel de hostal y restaurante e incluyendo la recuperación de la arquitectura tradicional y las casas rurales. Se critica con saña la calidad del turismo español de costa (grandes hoteles, apartamentos, concentraciones,..); con tal experiencia, no cabe promover en los ENP el nivel peor de albergues con literas, campamentos o similares.  9. LA COMPLEJIDAD AÑADIDA DE ZONAS Y ESPECÍMENES NATURALES DE INTERÉS ESPECIAL El Título IV de la Ley de Espacios Naturales establece la creación de Zonas y Especímenes Naturales de Interés Especial, para <reas donde domina el carácter natural, sometidas a algún régimen de protección específico por la legislación sectorial. Son Zonas Naturales de Interés Especial los montes catalogados de utilidad pública, los montes o terrenos protectores, las zonas húmedas catalogadas, los h<bitats naturales o seminaturales incluidos en el inventario de h<bitats de protección especial, las zonas naturales de esparcimiento y las riberas catalogadas. Se consideran Especímenes Naturales los ejemplares vegetales catalogados de singular relevancia.  Si la  Ley, en lo tocante a los ENP, ha conocido un desarrollo escaso y contradictorio, la puesta en marcha de las Zonas Naturales de Interés Especial muestra una din<mica similar, habiéndose creado únicamente el Catálogo de Zonas Húmedas (Decreto 194/1994 de 25 de agosto).            Junto con interesantes aportaciones, esas figuras plantean interrogantes de difRcil solución. La mayor ventaja se debe al procedimiento de creación, mucho m<s r<pido y flexible que el de los ENP, permitiendo establecer una malla territorial muy densa, dado el alto ndmero de espacios que cumplen alguno de los requisitos  para ser Zona Natural de Interés Especial, donde el criterio de conservación prevalezca. La inclusión de las Zonas de Esparcimiento (<reas de ambiente natural de f<cil acceso desde los núcleos urbanos, que proporcionen a la población lugares de descanso, como el monte Valonsadero en Soria, El Viejo en Palencia o el Pinar de Antequera en Valladolid) permitiría crear un sistema de <reas verdes periurbanas, que filtrasen el flujo turístico hacia el resto de los espacios naturales. Por último, se trata de extender  un mínimo grado de protección para espacios difíciles de integrar en la REN, aunque importantes para la conservación del patrimonio natural y territorial de Castilla y León.            Sin embargo, esas figuras vienen a reconocer carencias de las legislaciones sectoriales para mantener los recursos que regulan. En los Montes de Utilidad Pública y montes protectores, no se vislumbran las ventajas de su inclusión en la Ley de Espacios Naturales sobre las que aporta la legislación específica. Asimismo, parece que se aboca a una figura de protección menor a espacios que  pudieran tener otra consideración, como determinadas zonas húmedas o tramos de bosques de ribera. En la práctica, puede surgir una inflación desconcertante de figuras y un determinado espacio puede ser a la vez, por ejemplo, Reserva Natural, zona húmeda catalogada y estar incluida en el inventario de h<bitats de protección especial.              La concepción de las zonas y especímenes naturales de interés especial plantea interrogantes aún mayores. El desarrollo de la Ley parece orientar el objeto del Catálogo de Especímenes Vegetales hacia un registro de árboles notables, singularizados fundamentalmente por su tamaño. En cambio, la distinción de Zona Natural, entendida como espacio donde siguen dominando los elementos y procesos ecológicos naturales, carece de suficiente calado diferenciador respecto a los ENP, definidos también por su estado casi natural. Es difRcil admitir que muchos de los espacios que vayan a conformar el listado de zonas naturales no jueguen un papel principal en la conservación de comunidades vegetales o animales, en la mejora y sostén de los sistemas hidrológicos, en la investigación científica, la educación ambiental o el estudio y control de par<metros ambientales; es decir, requisitos casi idénticos a las <reas previstas o propuestas como ENP.            El Catálogo de Zonas Húmedas nos permite apreciar estas consideraciones. Está formado por 118 zonas (14 Ávila, 11 Burgos, 19 León, 10 Palencia, 3 Salamanca, 25 Segovia, 4 Soria, 8 Valladolid y 24 Zamora) que abarcan un amplio muestrario de tipos de humedades, como los asociados a la morfología glaciar -lagunas de sobreexcavación o represa morrénica-,  los ligados a descargas de acuíferos regionales y las  acumulaciones de agua originadas por el empastamiento de vallejos en las campiñas, entre otros.             A su vez, se señalan un conjunto de prohibiciones en las zonas húmedas catalogadas y su zona periférica de protección, establecida en 50 metros a partir del nivel máximo de las aguas. Estas prohibiciones van desde la desecación de la zona húmeda a efectuar vertidos directos o indirectos que contaminen sus aguas, acumular residuos sólidos o cualquier otra sustancia que pueda constituir un peligro de contaminación de las aguas o degradación del entorno. Además, requerirá autorización de la Dirección General del Medio Natural cualquier actividad que precise licencia o concesión administrativa, y cualquier aprovechamiento de los recursos naturales de la zona húmeda y su banda periférica de protección.            De hecho, a excepción del embalse de San José, en el curso medio del Duero, el Catálogo sólo ha incluido <reas naturales, obviando el papel biológico de varios embalses. Y en  algunas lagunas o charcas catalogadas, la transformación antrópica ha sido tan intensa que ni los años m<s lluviosos consiguen almacenar agua, como ocurre en ciertos lavajos y bodones de la Tierra de Medina.             Tampoco cabe, en la práctica, aplicar todas las prohibiciones. Muchas lagunas se hallan inmersas en una matriz agraria donde el uso de insumos químicos es habitual, de modo que no pueden evitarse aportes difusos de esos contaminantes sin tomar medidas estructurales al respecto. Del mismo modo, la permanencia de las l<minas de agua est< vinculada con el uso que de este recurso se hace el entorno circundante (véase el ejemplo del Parque Nacional de Daimiel y la sobreexplotación del acuífero 53). Por tanto, evitar la desecación de algunas lagunas, si por esto no sólo entendemos eliminarlas físicamente por labores de saneamiento, es difRcil y entra en conflicto las más de las veces con las políticas de expansión del regadío.            Este conjunto de consideraciones evidencian quizás una de las deficiencias de planteamiento más graves de este Catálogo de Zonas Húmedas. Ésta es considerar los distintos humedales como unidades estancas, en los cuales es suficiente establecer una banda periférica de protección de 50 metros para atajar todos los males que soportan. Pero si en algún componente del medio natural es más nítida la noción de sistema, éste es sin duda el relacionado con el agua. Gran parte de los humedales están abastecidos por flujos hidrogeológicos de largo recorrido, por lo que los impactos potencialmente negativos exceden ampliamente los cincuenta metros antes señalados. Ni siquiera esta idea de sistema se ha extendido a humedales relativamente próximos, siendo más evidente en este caso que en ningún otro que se ha optado por la protección de pequeñas espacios, muy difícilmente viables dada la magnitud de los problemas que soportan, en vez de crear una red de zonas húmedas en la que las medidas de protección propuestas se adapten a la esencia de escala en lo ecológico y estén en consonancia con sus características, origen y funcionamiento.  10. OTRA RED DE ESPACIOS NATURALES             A los ENP declarados o propuestos, o las Zonas y Especímenes señalados, se añade otro pequeño conjunto de espacios acogidos a una protección laxa; pero, dada su proyección internacional y su integración automática en la Red Natura 2000, con una incidencia territorial no desdeñable. Se trata de las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPAs), creadas por la Directiva 70/409/CEE (Consejo de 2-IV-1979) para la conservación de aves silvestres. Su artículo 3 establece la posibilidad de crear tales zonas de protección, obligando a la administración responsable a velar por la permanencia de los valores que justificaron su declaración. Si bien es una figura orientada a un grupo de la fauna muy concreto, su importancia radica, primero, en la atención de las autoridades comunitarias hacia toda intervención negativa sobre esas <reas, con la consiguiente pérdida de credibilidad que ante dichas autoridades sufren las administraciones implicadas, y, en segundo lugar, el ser las aves unas buenas especies-paraguas, que hacen posible proteger, indirectamente, otros elementos y recursos naturales.            El número de ZEPAs declaradas en Castilla y León es de 11, con una superficie protegida cercana a las 100.000 ha. El único pero posible al desarrollo de las ZEPAs radica en las previsiones de futuro, no porque éstas sean escasas, sino por todo lo contrario. Se pretende constituir una gran ZEPA que abarque la mayoría de las campiñas del Norte y del Sur de la región, con una extensión cercana a las 300.000 ha. Quizá se pretenda con esto paliar la deficiencia de superficies protegidas en un sector tan representativo de Castilla y León como son sus llanuras, pero la magnitud e intensidad de las posibles alteraciones harán fácilmente que sea ingestionable en la realidad, además de una fuente constante de conflictos entre los conservacionistas, los agricultores y la administración. Pues por un lado se opondrán los legítimos intereses de aquellos que quieran mantener las cualidades biológicas de este sector con aquellas otras aspiraciones no menos legítimas de quienes buscan en la intensificación de las producciones y la extensión del regadío, con la proliferación de tendidos eléctricos, mayor consumo de productos químicos, cambios en la estructura de la vegetación, etc, que llevan implícitas, un medio para incrementar sus rentas,. Aspiraciones por último, más proclives al enfrentamiento que al entendimiento dada la radicalidad de muchos planteamientos y el carácter limitado de los recursos financieros que la administración regional puede movilizar para conseguir un correcto ensamblaje entre agricultura y conservación de los valores biológicos de las campiñas. En este sentido, la aplicación del Plan Estepas, con su batería de contratos con los agricultores, que subvencionan mediante una prima la realización de ciertas medidas agroambientales, son un buen ejemplo de las limitaciones de este tipo de medidas y de las fuertes contradicciones internas que presenta la PAC.  11. UN BALANCE DE LOS ENP: LA OPCIÓN POR EL DESARROLLO RURAL COMO ASPECTO POSITIVO Y LA NECESIDAD DE UNA RED REPRESENTATIVA DE LOS MEDIOS REGIONALES             Las deficiencias legales y de planificación, o la escasa dotación económica, no deben ocultar un acierto, como el reconocimiento, a veces sólo implícito, del carácter rural de los ENP y la alternativa de su explotación controlada. Eso se advierte no sólo en las leyes y planes, sino en la promoción y, sobre todo, en las actitudes de los políticos y técnicos al cargo. Frente al utópico proteccionismo a ultranza, que aún sostienen algunas opiniones y grupos ecologistas, se ha impuesto la sensatez, tratando a los ENP como medios transformados, de modo que la conservación de sus paisajes requiere la de las actividades rurales que los crearon. El asilvestramiento, o aislamiento en islotes sin población, evitando toda actividad y dejando la recuperación a la naturaleza, resulta absurdo e inviable. Aquí no es v<lida la concepción de los antiguos Parques Nacionales españoles, diminutos, despoblados y poco accesibles; incluso, siendo los ENP castellano-leoneses mucho m<s extensos, tampoco alcanzan la escala mínima para recobrar  ecosistemas muy naturales. Los m<s de 100.000 habitantes del interior de esos espacios, que se triplican al incluir sus entornos inmediatos, dan idea del problema económico y social.             Respecto al futuro de la REN, surge la crítica de su  situacin periférica y su polarización hacia medios de montaña, marginando a las llanuras con varios efectos negativos. Las llanuras predominan en extensin y su situacin central les otorga un papel de nexo-núcleo en la articulación ecológica; además, cuentan con paisajes singulares, valiosos y diversos. Por tanto, el problema de falta de representatividad de los distintos medios y de reparto equilibrado en la REN es un reto crucial para las políticas y planes de protección venideros.    NOTAS (1) Este cambio en España, aunque no se plasmaría hasta bastantes décadas más tarde, se empieza a vislumbrar a principios de los treinta del presente siglo a través de la polémica que mantuvieron Pedro Pidal, Marqués de Villaviciosa, impulsor de los primeros parques nacionales españoles y Presidente Comisario Gerente de Parques Nacionales de España, y Hernández Pacheco, Vicepresidente de la Junta de Parques Nacionales. El primero se inspiraba en los parques nacionales de los Estados Unidos, extensos y salvajes, mientras que el segundo era consciente de los conflictos con las poblaciones locales que la traslación automática de este modelo provocaba en España, a la vez que propugnaba un estilo de conservación más cercano a las realidades del país. Este polémica puede seguirse en FERNÁNDEZ, J. y PRADAS REGEL, R (1996). Los parques nacionales españoles (una aproximación histórica). Edt. Organismo Autónomo de Parques Nacionales, Madrid, 482 págs., Cif. Pág. 39 y siguientes.(2) Entre los 11.222 km2 (en 1996) y 10.927 del Anexo de la Ley ( en 1991) median retoques. El Anexo, publicado por la Consejería respectiva, incluye límites y figuras previstas de ENP;  aunque las publicaciones posteriores omiten las figuras (parque, reserva,..) en los espacios sin declarar, no se observan cambios en estudios de los planes, ya realizados.   (3) FRANCO MÚGICA, F. Y OTROS (1996): "El pinar de Lillo". Rev. Medio Ambiente en Castilla y León. n1 5. pp. 4-9. Señalan la presencia de pinos en Jpoca prehistórica y el origen natural. Las sabinas, de origen precuaternario, abundan en  las cordilleras Ibérica, Cantábrica y Central, y est<n presentes en los p<ramos calc<reos. En Hornuez (Segovia) y Calatañazor (Soria) se hallan los ejemplares  de mayor talla.(4) Andalucía, menos extensa, m<s poblada y muy favorecida por los fondos públicos en los años 80 e inicio de los 90, creó la mayor red de ENP en número y superficie (85 y 14.838 km2).(5) Las propuestas previas superaban a la final en 14 ENP y  m<s de 2000 km2, descartándose espacios extensos como: Montes Torozos, S0 de Guadarrama y Río Camba. Los planes de la Consejería figuran en anuarios regionales. AMBITO (1991): Anuario 1990. Valladolid. pp. 210-212.(6) JUNTA DE CASTILLA Y LEON (1996): )Qué es un Espacio Natural Protegido? Valladolid, 50 pp. AEs totalmente falso que por parte de la Junta de Castilla y León se vayan a realizar expropiaciones de terrenos particulares por ser declarada una zona Espacio Natural Protegido”, p. 40. Esto supone estar por encima de la Ley o un exceso de capacidad profética.(7) En talas y labores en ribera (chopos,.) abundan los peores ejemplos, entre normas de Confederaciones Hidrográficas, de organismos forestales y ahora de ENP. Aunque la normativa de éstos prevalezca, no est< claro que resuelva el problema.(8) El “caso” de las Hoces del Cabriel, que se declaran súbitamente ENP para influir en el trazado de una autovía, por mencionar uno, ilustra con creces el problema.(9) Vid. GARCIA FERNANDEZ, J. (1985): Castilla (Entre la percepción del espacio y la tradición erudita). Espasa-Calpe. Madrid. 320 pp. Caps II y IV. Analiza el tópico en sus referencias. (10) Vid, JUNTA DE CASTILLA Y LEON (1990): La Red de Espacios Naturales de Castilla y León. Llanera. 30 pp y mapa.(11) En el m<ximo demográfico (1950-60), la montaña del NE de León y de Palencia superó 25 hab/km2 (media rural regional de 23,6), con una economía agrícola, ganadera, minera y forestal. Sus 3.466 km2 coinciden con los partidos de Riaño y Cervera de Pisuerga, incluyendo 2.074 km2 de ENP de gran nivel: parques nacional, regional y natural, m<s dos monumentos. La densidad  aún era mayor en el S de Avila (35 hab/km2), rebasando la media regional en los 3.473 km2 de los partidos de Piedrahita, Arenas de S. Pedro y El Barco, donde se hallan 5 ENP.(12) En el P.R. de Picos de Europa, las medias anuales de días de rocío oscilan entre 2,5 y m<s de 100, diferencia increíble entre emplazamientos cercanos. Los días de niebla varían entre 5 y m<s de 60; pero sólo la estación de San Isidro, a 1540 m y en la divisoria, registra la niebla orográfica principal: el "borrín", cuyo nivel casi nunca baja de 1350 m.(13) La baja calidad de estos análisis viene impuesta por la rapidez y el la falta de fondos. Un estudio de <reas extensas requiere tiempo, personal y dinero; las asignaciones, de orden inferior a 10.000.000 ptas., dan para poco.(14) La zonificación corresponde a los PRUG, sin realizar, según sentencia al recurso, para el caso de Picos de Europa. Pero parece que las futuras zonas apenas diferirán de las propuestas actuales de los PORN.(15) Una de Zona de Reserva sin argumentar es el Complejo Glaciar del Mampodre, roquedal cumbreño (2190 m) en el limite de tres municipios del P.R. Picos de Europa. En el Parque de Fuentes Carrionas, la reserva se atribuye siempre a h<bitat del oso. Vid .JUNTA DE CASTILLA Y LEON (1993) : Espacio Natural de Picos de Europa (PORN). 3 T, T II, pp. 84-85.(1995): Y Espacio Natural de Fuentes Carrionas y Fuentelcobre (PORN) pp.. 43-49.(16) La convocatoria de un concurso para Director-Conservador, restringido a ingenieros de montes, biólogos, veterinarios,... aunque no lo exija la Ley, aporta claridad y es loable.  Eso no debe ocultar  el predominio excesivo de los ingenieros citados en estos campos, que casi monopolizan.  (17) JUNTA DE CASTILLA Y LEON (1996): )Que es un Espacio Natural Protegido?. Valladolid. 50 pp. p.28.   (18) SECRETARIA GENERAL DE TURISMO: Guía de hoteles de España 1996. Se incluyen hasta fondas modestas, m<s de 1/5 de los 83 establecimientos de Gredos, Picos de Europa y Sanabria. Esta adscripción hostelera a ENP es generosa, contando los externos al perímetro en núcleos como Arenas de S. Pedro, Cistierna o Puebla de Sanabria y otros que en parte son "de carretera". También se vinculan a ENP algunas de las 170 casas rurales de Castilla y León, sin llegar a dos por espacio, y para turismo de menos calidad surgen campings y albergues.  (19) INE: Censo de la Población y las Viviendas 1991. Madrid. Las 633.614 viviendas rurales incluyen 306.848 secundarias o desocupadas y son el 48% de las viviendas para el 38% de la población total. En el medio rural hay m<s viviendas reales (ilegales) y menos población (estudiantes, jubilados y desplazados). Al persistir la merma de población rural y el avance de la construcción desde 1991, habrá hoy m<s de 400.000 viviendas rurales secundarias o desocupadas. (20) Los Leader, para comarcas regresivas, priman al turismo. Sus ayudas, sobre todo de la CE, exigen aportación privada similar. La inversión del Leader I (1992-94), de 43.766 millones de pts. en España y 6.247 en Castilla y León, resulta modesta ante el Leader II, con 84.553 millones en España, para una inversión prevista de 164.329. Aunque no hay vinculación con los ENP, la mayoría de éstos se hallan parcialmente en Comarcas Leader de tamaño mayor.(21) No faltan casos de cierre a las visitas en parques nacionales por falta de fondos. Y , sólo el Parque Nacional de Picos de Europa cuenta con decenas de pueblos de tres comunidades autónomas: La entidad de los intereses locales, la escasez de presupuesto ante la ampliación y la presión ecologista se mezclan en el desconcierto actual. Sin director, ni PORN, surgen graves desavenencias sobre la caza, con perjuicio para la población rural. Vid. DIARIO DE LEON (25-IV-1997), p. 15.(22) Al régimen sancionador m<s riguroso y a su aplicación m<s eficaz en los ENP, se añade el efecto de la opinión pública y la demanda en la de castigos y sanciones ejemplares. Cada poco se denuncia algún desmán. Siguiendo con el diario de la nota anterior. Vid. DIARIO DE LEON (26-IV-1997), p. 19: AEMS pide una acción “contundente” contra los vertidos.....  dentro del Parque Regional de Picos.(23) Vid. DIARIO EL PAIS (27-IV-1997). Recogiendo opiniones de esos colectivos del Parque Nacional de Picos de Europa:... siempre habrá desacuerdos, pastores que pidan m<s pastos, lugareños que pidan m<s leñas. No parece muy alta la consideración hacia los locales.(24) CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y GANADERQA: Memoria 1995. Junta de Castilla y León. Valladolid. 160 pp. p. 19 y ss. Se estiman las ayudas de la PAC en 114.000 millones. Añadiendo el resto rondarán los 150.000 millones/año, lo que supone unas 16.000 pts/ha, una parte de las cuales sirven para fomentar la degradación.(25) La inversión pública y directa en los Parques Nacionales (1995) fue del orden de centenares de millones anuales. En Picos de Europa superaba 400 millones y 1000 en Doñana.  La inversión por hectárea rebasaba ligeramente 17.000 ptas. Vid. J. FERNANDEZ Y R. PRADAS: Los parques nacionales españoles. Ed. Organismo Autónomo de Parques Nacionales. Madrid. 482 págs. p. 469 y ss.(26) El Plan de Desarrollo Sostenible del Entorno de Doñana ha obtenido 15.000 millones de ptas de fondos europeos para una inversión total  60.000 millones de ptas, aunque se trata de un hecho excepcional, logrado por acciones expresas de altos cargos. FERNANDEZ, J. Y PRADAS, R. . Op. Cit. p.261-262 (27) En algunos casos, como Picos de Europa, se han emprendido rozas mecánicas de escobales (Genista florida) en superficies modestas. Los resultados parecen prometedores.(28) La concentración de residuos tóxicos domésticos en agosto, con caudales del orden de 1/10 del módulo anual y con población cinco veces mayor que la habitual, alcanza niveles 50 veces mayores que los normales. La temperatura elevada del agua agrava los efectos dañinos.

    MOCIÓN MUNICIPAL

    MOCIÓN MUNICIPAL

    El pasado viernes 30 de Junio, en el pleno del ayuntamiento de Candelario, se aprobó por unanimidad la siguiente moción.

    Todos los concejales nos hemos presentado por diferentes partidos políticos. Pero una vez que hemos sido elegidos la fidelidad se la debemos al pueblo de Candelario, por encima de intereses partidistas. Quisiera recordar antes de exponer los motivos de mi moción los párrafos extraídos del Código Penal que en su día el Sr. Secretario tuvo a bien transcribirnos. El Código Penal establece (artículo 319) que: “1.- Se impondrán las penas de prisión de seis meses a tres años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de seis meses a tres años, a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo una construcción no autorizada en suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares que tengan legal o administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural, o por los mismos motivos hayan sido considerados de especial protección. 2.- Se impondrán las penas de prisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de seis meses a tres años, a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo una edificación no autorizable en el suelo no urbanizable.” Asimismo el artículo 320 establece que: “1.- La Autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, haya informado favorablemente proyectos de edificación o la concesión de licencias contrarias a las normas urbanísticas vigentes será castigado con la pena establecida en el artículo 404 de este Código y, además, con la prisión de seis meses a dos años o la de multa de doce a veinticuatro meses. 2.- Con las mismas penas se castigará a la Autoridad o funcionario público que por sí mismo o como miembro de un Organismo colegiado haya resuelto o votado a favor de su concesión a sabiendas de su injusticia.”  En el pasado pleno del 29 de mayo pregunté si existía alguna denuncia formulada por el Se.Pro.Na. en el año 2004 y referente a movimientos de tierras en la finca conocida como la Cardosa en el término municipal de Candelario. Se me ha remitido copia de la denuncia no así del registro de entrada.Es sorprendente que estos hechos se remonten al 4 de octubre de 2004 sin que al día de hoy este pleno y lo que me parece aún más grave que la Comisión Informativa no tenga conocimiento de esta denuncia y este Ayuntamiento no haya abierto un expediente contra los promotores de las obras, Gecobesa y la corporación local de Béjar.En repetidas ocasiones, por parte de este concejal y algún miembro de otro grupo, se ha preguntado y comentado este hecho y por parte del equipo de gobierno ha negado que las obras referidas se estuviesen realizando en el término municipal de Candelario. Paso a extraer parte del informe denuncia del 10 de octubre de 2004 realizada por el Se.Pro.Na.  “Cuando la fuerza prestaba servicio propio de la especialidad; se observó como se realizaban construcciones de ampliación y de nueva planta en el centro turístico de la Covatilla término municipal de La Hoya.Realizadas las gestiones oportunas por el Cabo 1º con el T.I.P. nº L65422F y Guardia Civil con T.I.P. nº K45158K, se comprobó que las actuaciones se llevaban a cabo en terrenos calificados como rústico. En el momento de serle requeridas las correspondientes licencias urbanísticas, no fueron presentadas. A la vez se realizan desmontes y corrimientos de tierras en los términos municipales de Navacarros y Candelario, también sin haber presentado las licencias urbanísticas.” A raíz de este hecho este concejal ha tenido conocimiento de otra grave actuación dentro del término municipal de Candelario: la denuncia del mes de junio del 2005 ante el Se.Pro.Na. y la fiscalía provincial de Salamanca por obras realizadas presuntamente por la Mancomunidad del Ambroz y el Ayuntamiento de la Garganta, afectaron al término municipal de Candelario ejecutándose sin Licencia de Obras, ni autorización que se sepa del Ayuntamiento cuyo término ha sido afectado, ni Evaluación de Impacto Ambiental, aunque, según parece, existía un informe desfavorable de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.Las obras consistieron en la realización de una pista de más de 2 km. con taludes y excavaciones. Así como una pequeña captación de agua del Arroyo del Espinarejo. La zona afectada está declarada Z.E.P.A. por la Comunidad Europea y es de alto valor ecológico afectando a una turbera y al arroyo con la presencia del desmán de los Pirineos. Con todos estos antecedentes, no es de extrañar que recientemente se pretendiera instalar una antena de telefonía móvil sin las correspondientes licencias.Es paradójico que todas estas agresiones sean más conocidas fuera de nuestro pueblo que dentro. Dos ejemplos significativos de esto los encontramos en la pregunta presentada por David Hammerstein ante la Comisión europea:
      “Además de lo apuntado se han llevado a cabo importantes ampliaciones de edificaciones,  cañones de nieve artificial, cintas mecánicas de esquí, aumento del dominio esquiable (quintuplicándolo), etc. en el mismo lugar y hacia el paraje de “La Cardosa” incluido en la ZEPA y el LIC de la “Sierra de Candelario”, con idénticas afecciones a Natura 2000, sin que las obras hayan sido sometidas al procedimiento administrativo[i] de Información Pública y consiguiente EIA.”     Y en la pregunta realizada por la diputada Navarro Casillas Isaura en el Congreso de los Diputados: “¿Qué actuaciones tiene previsto adoptar el Gobierno respecto a las denuncias presentadas ante la fiscalía de Salamanca en relación con la ampliación de las pistas de esquí de la estación de la Covatilla?” Queriendo pensar que esta desidia ante la defensa de los intereses de Candelario es una falta de gestión y motivación del equipo de gobierno, y teniendo como base la circular que el anterior Fiscal General, Jesús Cardenal, envió a los fiscales jefes de Castilla y León que dice “de la información recibida se ha podido comprobar la existencia de un creciente número de atentados contra el medio ambiente que, por su naturaleza y gravedad, merecen posiblemente, tratamiento penal en lugar de tratamiento administrativo”. Propongo por todo ello a consideración del pleno la siguiente moción. Primer punto.1.-Abrir un expediente urbanístico contra la empresa Gecobesa y la corporación local de Béjar teniendo como base la denuncia realizada por el Se.Pro.Na., así como las actuaciones realizadas recientemente.                       2.- Informar a la Fiscalía provincial para que abra las diligencias pertinentes por si dichos hechos constituyeran delito ecológico. Segundo punto.- Abrir expediente urbanístico contra FOMEX.SA como promotores de las obras realizadas en la zona conocida como Valle del Espinarejo y personarse en las diligencias abiertas por Fiscalía provincial de Salamanca. Tercer punto.- Abrir expediente urbanístico al promotor o promotores de las excavaciones realizadas para la instalación de la antena de telefonía móvil por hallarse éstos sin licencia municipal.  

    C.G.T. de Béjar manifiesta su Apoyo

    C.G.T. de Béjar manifiesta su Apoyo

    La C. G. T. de Béjar manifiesta su apoyo a la Plataforma por el Parque Natural de Candelario.

    Desde hace 14 años se lleva planeando la creación de este parque natural, que supondrá la potenciación de un desarrollo sostenible en la zona así como un fuerte apoyo económico que marca la ley.

    La demora en la creación del parque natural ha hecho que se haya dejado de inyectar, en los municipios  afectados, muçhos millones de euros procedentes de Europa. y  de Castilla y León

    Rechazamos el proyecto que pretende llenar de pistas (70 Km.) y remontes (10) la cuerda del Calvitero; que iría desde el Canchal Negro hasta las estribaciones de Hoya Moros.

    No aceptamos que se entierren grandísimas cantidades de dinero público para el beneficio de unos pocos (sector inmobiliario...). La conexión entre el cambiante proyecto de La Condesa, La Covatilla y la ampliación que ahora se pretende, nos trae a la memoria casos como el de Marbella.

    Cuando dentro de 20 años La Sierra, que es de todos, quede llena de cicatrices, sea inviable económicamente, se haya imposibilitado el Parque Natural y los benefactores / beneficiarios hayan recogido los miles de millones de sus especulaciones urbanísticas. Entonces nos habremos cargado algo que puede ser objeto de disfrute y desarrollo económico durante siglos.

    Y el muerto al hoyo y el vivo al bollo.

    C. G. T. Béjar

    CANDELARIO EN DEFENSA DEL PARQUE NATURAL

    CANDELARIO EN DEFENSA DEL PARQUE NATURAL Se presenta en Candelario una Plataforma en defensa del Parque Natural

    FERNANDO BLÁZQUEZ / I-BEJAR.COM
    Local - 10/06/2006

      

    En el día de ayer se presentó en Candelario la primera plataforma para reclamar la declaración del parque natural Sierra de Candelario. Bajo el lema «Parque si, naturalmente», los integrantes piden a las instituciones públicas que tramiten "de una vez por todas" la protección medio ambiental para esta zona.

    La plataforma defiende que la declaración de Parque Natural "aportaría un sello de calidad así como la diversificación de la oferta turística y el apoyo de otros sectores económicos…", asi como "evitaría la despoblación alarmante que el turismo de nieve, por su naturaleza estacional, no ha podido detener".

    La asociación puso el ejemplo del modelo seguido por la Alberca, pueblos que características similares a Candelario en cuanto a Conjuntos Históricos y Espacios Naturales, que ha conseguido detener la despoblación, aumentando su tejido industrial y duplicando las plazas hoteleras desde su declaración como Parque Natural de las Batuecas.

    Por otra parte, la asociación se mostró en contra de la ampliación de la estación de esquí Sierra de Béjar por Candelario aunque se mostraron partidarios de la creación de un parque de nieve porque no perjudica a la montaña.

    El objetivo que busca la plataforma ciudadana es poder ofrecer al turismo una alternativa en los meses en los que no haya nieve y, por tanto, que los visitantes puedan disfrutar del parque natural.

    PRESENTACIÓN DE LA PLATAFORMA POR EL PARQUE NATURAL DE CANDELARIO

    PRESENTACIÓN DE LA PLATAFORMA  POR EL PARQUE NATURAL DE CANDELARIO

    PRESENTACION DE LA “PLATAFORMA POR EL PARQUE NATURAL DE CANDELARIO”

    La Plataforma por el Parque Natural Sierra de Candelario, es un movimiento ciudadano que agrupa a diferentes sectores de la población, donde estamos incluidos industriales y gestores de casas rurales.

    Nuestro objetivo es la defensa del Parque Natural ante la manipulación y desinformación de personas ajenas a los intereses de Candelario.

    No estamos en contra de nada ni de nadie, sino a favor del Parque Natural Sierra de Candelario.

    El Parque Natural aportaría un sello de calidad así como la diversificación de la oferta turística, a diferencia de otro tipo de actuaciones que hacen hincapié solo en el turismo la declaración de Parque Natural supondría la potenciación y el apoyo de otros sectores económicos, como así lo reconoce en el capítulo VI artículo 41 y 42 de la Ley de Espacios Naturales “ tendrán derecho preferente en la adjudicación de concesiones de prestación de servicios con que se haya de dotar el espacio para su gestión” la Junta de Castilla y León establecerá ayudas técnicas, económicas y financieras” para

    • Crear infraestructuras.

    • Rehabilitar la vivienda rural

    • Promoción del desarrollo de la industria de transformación de los productos tradicionales, como chacinería y la madera.

    • Potenciar la agricultura y la ganadería —mejorar la producción-cría de razas autóctonas- mejora de pastizales.

    Diversificando la economía de Candelario y evitando así la despoblación alarmante a la que nos vemos avocados y que el turismo de nieve por su naturaleza estacional no ha podido detener.

    Las características de Candelario que son similares a la Alberca en cuanto a Conjuntos Históricos y Espacios Naturales, sería un modelo de desarrollo a seguir, deteniendo la despoblación, aumentando su tejido industrial, duplicando las plazas hoteleras desde su declaración como Parque Natural de las Batuecas.

    En cuanto a las limitaciones o prohibiciones, Candelario está incluido en la Red Natura 2000 sin que hayamos notado la diferencia. Con la declaración de Parque Natural no habría ningún cambio, siguiendo en vigor las actuales leyes de Montes, de Agricultura, de Caza, etc.

    Por otra parte el Plan General de Ordenación Urbana aprobado el cinco de octubre de 2000, en su capítulo VIII basado en el documento “Bases para la ordenación, el uso y gestión del Espacio Natural de Candelario, ya recoge la limitación y el uso en los terrenos rústicos, actualmente el desarrollo del suelo apto para urbanizar, permitirá construir más de ciento cuarenta viviendas, dándose la paradoja de que tenemos mil viviendas vacías.

    Esta Plataforma como fin último que tiene, es el de requerir a los Organismos públicos que de una vez por todas procedan a la declaración del Parque Natural de Candelario, a tenor de lo prevenido en el capítulo II artículo 22 de la Ley de Espacios Naturales. Con el objetivo de preservar la herencia y tradición de nuestros antepasados, defendiendo lo nuestro.

    El gran número de puntos de interés geológico y botánico de la Sierra de Candelario son un recurso natural, cultural y patrimonial de interés científico y didáctico, que será irreversiblemente dañado por intereses individuales y especulativos por encima de los intereses generales.

    CONTRA LA MANIPULACION, INFORMACION.